Autonomía e Institucionalidad Democrática
La Carta Orgánica Municipal de Río Cuarto, sancionada el 27 de marzo de 1996, actúa como la “Constitución” de la ciudad y tiene como intención fundamental organizar jurídica, política e institucionalmente al municipio bajo los principios de autonomía, soberanía popular y democracia representativa.
Su propósito central es garantizar el desarrollo humano y comunitario mediante la justicia social, la participación ciudadana y el resguardo de los derechos humanos, definiendo con claridad las competencias del gobierno local, el régimen de faltas y el uso racional de los recursos.
Además de regular la estructura administrativa, la norma busca proteger de manera integral aspectos sensibles como la salud pública, la educación, el patrimonio histórico y la preservación del ambiente, estableciendo las bases para una gestión pública transparente y orientada al bien común de los vecinos.
Sistema de Contrataciones del Estado Municipal
La Ordenanza 835/94 (con sus modificaciones) tiene como intención principal regular y optimizar la eficiencia del sistema de contrataciones de bienes, obras y servicios de la Municipalidad de Río Cuarto.
La norma establece un marco legal basado en los principios de publicidad, igualdad de posibilidades, transparencia y concurrencia de oferentes, buscando obtener la mejor tecnología al menor costo posible. Para ello, define distintos procedimientos de selección —como licitación pública, concurso de precios y contratación directa— e impulsa la modernización del sistema mediante el uso de medios informáticos, la creación de un Portal de Compras Públicas y la digitalización de la documentación para facilitar el acceso de la sociedad a la información.
Régimen de Declaraciones Juradas Patrimoniales
La Ordenanza 747/98 tiene como intención principal establecer el régimen de obligatoriedad, presentación y custodia de las Declaraciones Juradas Patrimoniales para los funcionarios y autoridades del sector público municipal de Río Cuarto.
Su propósito es promover la transparencia en la gestión y prevenir el enriquecimiento ilícito, determinando con precisión quiénes deben presentarla —desde el Intendente y Concejales hasta directores y síndicos de entes descentralizados— y bajo qué formalidades deben hacerlo.
Asimismo, la norma define un sistema de resguardo mediante sobres cerrados y establece los supuestos excepcionales en los que se permite su apertura, garantizando un equilibrio entre el control público y la privacidad de los datos sensibles de los agentes del Estado.
Digitalización de Declaraciones Juradas Patrimoniales
La Ordenanza 257/25, sancionada por el Concejo Deliberante de Río Cuarto el 18 de septiembre de 2025, tiene como intención principal modernizar y digitalizar el proceso de presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales de los funcionarios públicos para garantizar mayor transparencia y seguridad informática.
La norma modifica la Ordenanza 747/98 estableciendo que las presentaciones deben realizarse de forma digital ante el Tribunal de Cuentas mediante firma digital o electrónica, definiendo un sistema de resguardo encriptado y la coexistencia de un formulario de acceso público en el portal de transparencia municipal.
Asimismo, regula la custodia de estos documentos por un plazo de diez años tras el cese de funciones y limita el acceso a la información sensible únicamente a requerimientos judiciales, administrativos o del propio declarante.
